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El año 2020 se llama: "Año de la Universalización de la Salud"

PODER LEGISLATIVO 
CONGRESO DE LA REPUBLICA 
LEY Nº 29714 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la ley siguiente:

LEY  QUE  PRORROGA  LA  VIGENCIA  DE  LA  LEY  29351,  LEY  QUE  REDUCE COSTOS LABORALES  A  LOS  AGUINALDOS  Y  GRATIFICACIONES  POR  FIESTA PATRIAS Y NAVIDAD, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014 

Artículo  único.  Modificación  del  artículo  4  de  la  Ley  29351,  Ley  que  reduce costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad 

Modifícase  el  artículo  4  de  la  Ley  29351,  Ley  que  reduce  costos  laborales  a  los aguinaldos y gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, en los términos siguientes: 

Artículo 4. Vigencia 
La presente Ley entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y rige hasta el 31 de diciembre de 2014.  

Inclúyanse dentro de este beneficio a los jubilados y pensionistas.” 

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. 

En Lima, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil once. 

CÉSAR ZUMAETA FLORES 
Presidente del Congreso de la República 

ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG 
Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: 

No  habiendo  sido  promulgada  dentro  del  plazo  constitucional  por  el  señor  Presidente de  la  República,  en  cumplimiento  de  los  artículos  108  de  la  Constitución  Política  del Perú y 80 del Reglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla. 

En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil once. 

CÉSAR ZUMAETA FLORES 
Presidente del Congreso de la República 

ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG 
Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República.

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