Menu
El año 2020 se llama: "Año de la Universalización de la Salud"


Análisis legal que hace la revista judicial de Ecuador de "Bienes prohibidos de compraventa"
. El Código Civil en relación a los bienes prohibidos de compraventa; conforme señala la abogada Marlene Bermeo, en su tesis de abogacia, el Art. 1749 del Código Civil señala, Pueden venderse todas las cosas corporales o incorporales, cuya enajenación no está prohibida por la ley; de los cual se desprende que existen cuya enajenación está prohibida, como por ejemplo aquellos que son para el uso y aprovechamiento de toda la humanidad.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Todos los comentarios serán leídos y moderados previamente.
Serán publicados aquellos comentarios que respeten las siguientes reglas:
-Su comentario debe de estar relacionado con el contenido del post.
-No se se aceptan comentarios tipo SPAM.
-No incluyas link no necesarios en el contenido de su comentario.
-Ofensas personales, insultos No seran permitidos.

OBS:Los comentarios de los lectores no reflejan las opiniones del blog

 
Top