Menu
El año 2020 se llama: "Año de la Universalización de la Salud"

La Persona
I.- El significado institucional de la noción de persona. 
1.- La consideración jurídica de la persona
Etimológicamente, el término  Persona viene del latín: hace referencia a la careta que utilizaban los actores griegos (y posteriormente romanos) en sus representaciones en el teatro y que cumplía una doble función. Por un lado, servía para ampliar su volumen de voz y por otro, como un reducido número de actores representaban todos los papeles, el cambio de careta indicaba al público el personaje dramático que estaba representando. 
De esta última individualización de los diferentes seres humanos, proviene el significado actual del término persona.
El concepto vulgar de persona es el de individuo que pertenece a la raza humana, hombre o mujer sin nombre concreto. En sentido jurídico, persona es todo ser o ente parte de una relación jurídica.
Es todo ser humano (al que se le califica de“Persona física”: Es aquella que viene representada por una realidad biológica-espiritual, es decir, que no la crea el derecho.
 Persona física o persona natural, es un concepto jurídico, cuya elaboración fundamental correspondió a los juristas romanos. 
Aunque cada ordenamiento jurídico tiene su propia definición de persona (en todos los casos muy similar), en términos generales, persona física es todo miembro de la especie humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.    

Introducción al Derecho

0 comentarios:

Publicar un comentario

Todos los comentarios serán leídos y moderados previamente.
Serán publicados aquellos comentarios que respeten las siguientes reglas:
-Su comentario debe de estar relacionado con el contenido del post.
-No se se aceptan comentarios tipo SPAM.
-No incluyas link no necesarios en el contenido de su comentario.
-Ofensas personales, insultos No seran permitidos.

OBS:Los comentarios de los lectores no reflejan las opiniones del blog

 
Top