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8 de mayo de 2010

Conciliación extrajudicial permitirá reducir carga procesal


Permite solucionar problemas legales en corto tiempo y de manera gratuita en los centros de conciliación del Ministerio de Justicia

04 Mayo | Los ciudadanos de Cusco, Huancayo, Santa, Piura, Cañete y Huaura deberán acudir, de forma obligatoria, a la Conciliación Extrajudicial para solucionar sus conflictos antes de iniciar un proceso judicial, explicó el Dr. Christian Ladrón de Guevara Boza, Director de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia.

Detalló que mediante la Conciliación Extrajudicial las personas pueden solucionar sus conflictos de manera rápida y económica, además se promueve una cultura de paz y será posible aliviar la carga procesal del Poder Judicial.
Los problemas que se pueden solucionar en temas de índole civil son desalojo, pago de deudas, indemnización, otorgamiento de escrituras, entre otras materias de libre disposición de las partes. 
En lo que respecta a los temas de familia, estos conflictos no están obligados a someterse a la Conciliación Extrajudicial, pero se recomienda hacer uso de esta forma alternativa de solución para preservar las buenas relaciones personales y familiares.
El funcionario del Ministerio de Justicia señaló que la implementación de la obligatoriedad se realizará este año de manera progresiva y según el siguiente cronograma: en julio se aplicará de manera obligatoria la conciliación extrajudicial en Cusco; en agosto empezará a aplicarse en el distrito conciliatorio de Huancayo; en setiembre en el distrito conciliatorio de Cañete y Huaura.
Además en octubre se aplicará en el distrito conciliatorio de Santa y en noviembre en el distrito conciliatorio de Piura.
Actualmente la obligatoriedad de este procedimiento rige en tres distritos conciliatorios: Lima y Callao (considerados como un solo D.C.), Arequipa y Trujillo. Se ha previsto que en los próximos años la obligatoriedad se ampliará a por lo menos tres Distritos Conciliatorios por año.
Los indicadores que se toman en cuenta para elegir los distritos conciliatorios son: carga procesal, número de operadores (centros de conciliación y conciliadores), número de habitantes de la localidad, nivel de satisfacción de necesidades básicas de justicia y zonificación.




Amplían servicios del SPIJ para beneficiar a más abogados

A bajo costo agremiados del CAL podrán acceder a toda la legislación

06 May | Con la finalidad de que los abogados colegiados en el Colegio de Abogados de Lima (CAL) accedan a los servicios del Sistema Peruano de Información Jurídica – SPIJ a un bajo costo, lo cual les permitirá consultar en todo momento la legislación peruana de carácter general, el Ministerio de Justicia y el CAL suscribieron un convenio de cooperación interinstitucional.


El ministro de Justicia, Dr. Víctor García Toma, y el decano del CAL, Dr. José Antonio Ñique de la Puente, participaron de la ceremonia realizada en el auditorio del Colegio de Abogados de Lima.
El SPIJ cuenta con leyes desde 1904, Constitución Política de 1979 y 1993, Códigos y legislación de carácter general, actualizados y concordados; asimismo normas de carácter particular, legislación emitida por gobiernos locales y gobiernos regionales, por las entidades relacionadas con la administración de Justicia (Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura); jurisprudencia; legislación extranjera y Textos Únicos de Procedimientos Administrativos (TUPAS) de las entidades del sector público nacional.
Gracias al convenio suscrito se ofrecerá a los agremiados del CAL dos opciones de adquisición de licencias adicionales anuales del SPIJ con una reducción en el costo. La primera, que consiste sólo en SPIJ Internet a un costo de S/. 118.08 nuevos soles para todo el año, permitirá al abogado agremiado contar con un usuario y contraseña para consultar las normas legales actualizadas en tiempo real por todo un año.

La segunda opción considera el SPIJ Internet más uso del SPIJ a través de un DVD mensual a un costo de S/. 256.32 nuevos soles por todo un año.
De otro lado, según el convenio suscrito, el CAL habilitará un espacio en sus sedes para la instalación del módulo SPIJ de fácil acceso para sus agremiados, donde se les brindará información para las suscripciones al SPIJ.
Adicionalmente, de acuerdo al referido convenio, el Minjus proporcionará su auditorio institucional para ser sede de eventos jurídicos con un mínimo de 10 actividades anuales.

Modifican Reglamento de Ley de Conciliación


Conciliadores extrajudiciales renovarán su acreditación cada cinco años. Centros de Conciliación podrán funcionar con cuatro ambientes


06 May | A fin de facilitar la implementación de la conciliación obligatoria en diversas localidades del país y fortalecer la Conciliación Extrajudicial, el Ministerio de Justicia aprobó un conjunto de disposiciones en lo referente a las exigencias para la constitución de centros de conciliación, renovación de la habilitación de los conciliadores y los requisitos para ser capacitador, entre otras importantes disposiciones.
De acuerdo al Decreto Supremo Nº 006-2010-JUS, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, a partir de la fecha para obtener la autorización de funcionamiento de un Centro de Conciliación el local deberá contar con cuatro ambientes, a diferencia de los siete ambientes que se exigía antes. Este cambio tiene como objetivo posibilitar la constitución de nuevos centros de conciliación necesarios para la implementación de la conciliación obligatoria en diversas localidades del país.
Otro aspecto modificado es el referido a los requisitos para ser capacitador de conciliadores. Ahora se incorpora como requisito alternativo aprobar un curso de "Metodología para formar capacitadores en Conciliación Extrajudicial", dictado por el Ministerio de Justicia. Con ello se garantiza que los capacitadores cuenten con suficientes conocimientos teóricos y herramientas pedagógicas para ejercer con idoneidad el rol de formador. Ello además contribuirá al eficiente desempeño de los conciliadores extrajudiciales en Lima y en provincias.
Finalmente, se ha establecido que la renovación de la habilitación de los conciliadores extrajudiciales se realizará cada 5 años. Para ello el Ministerio de Justicia, por resolución ministerial, establecerá el procedimiento y el cronograma de evaluaciones para la renovación de la habilitación y el diseño del curso de actualización. 






 
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