El propósito de este diccionario es particularmente didáctico, proporcionando al usuario respuesta a las dudas que puedan surgirle, en el desempeño de su actividad lectiva o profesional, acerca del significado de algún término jurídico.
Una pequeña parte de lo que es el Diccionario Juridico de Perú:
- Abandono de acción: El actor -según Escriche- que después de contestada la demanda desampara su acción, ausentándose o no compareciendo en el tribunal, puede ser compelido por el juez, mediante petición a proseguirla; y en caso de que no la prosiga, debe el juez absolver al demandado de la instancia y condenar al actor en las costas y daños que hubiere causado.
- Abandono de apelación: Cuando se interpone el recurso de apelación por ambas partes del proceso, se puede efectuar abandono por uno de ellos y el proceso continuará según el interés de la otra parte.
- Abandono de familia: Cuando sin razón justificada incumple su obligación de padre de familia de prestar alimentos, salud y educación a las personas que están bajo su patria potestad.
- Abandono de instancia: Desistimiento de una de las partes o de ambas, de las acciones procesales en un juicio, que la asisten como posibilidad cierta.
- Bajo apercibimiento: Expresión judicial que advierte la aplicación de una sanción por no realizar una obligación dispuesta en una citación, notificación o mandato judicial.
- Balística forense: (Criminalística). Técnica que examina evidencias sobre el uso de las armas de fuego para el esclarecimiento especializado sobre hechos, en los cuales la policía o las autoridades judiciales requieren información balística.
- Capacidad civil: Aptitud que determina la posibilidad de que una persona participe en una relación jurídica./ Capacidad de goce: Cuando la persona puede beneficiarse pasivamente de los derechos que le son reconocidos; la tiene todo sujeto de derecho por el solo hecho.
- Capacidad penal: Obrar consciente y voluntario, responsable de sus acciones u omisiones. El ejercicio punitivo se limita a los sujetos en conciencia, voluntad, mayores de edad (con las excepciones legales del caso), que con sus acciones producen antijuricidad plena e impu
- Capacidad procesal: Presupuesto procesal que consiste en la aptitud de parte para comparecer directamente en el proceso. Se afirma que todos tenemos capacidad para ser parte, más no todos tenemos capacidad para actuar directamente en el proceso.
Click AQUI para ver Completo el Diccionario Jurídico de Perú
MIl gracias por tu aporte ya q es buenisimo para todos los que nos dedicamos de alguna manera a estudiar el Derecho.
ResponderEliminarSuper innteresante este blog me sirvio de mucho ya que los significados que se encuentran aqui estan bien especificados es una gran herramienta de apoyo para los que estudiamos derecho.
ResponderEliminarSuper innteresante este blog me sirvio de mucho ya que los significados que se encuentran aqui estan bien especificados es una gran herramienta de apoyo para los que estudiamos derecho.
ResponderEliminarQuiero agradecer por las informaciones, libros,normas y otros que me ayudan a mi lectura, como estudiante de derecho. Muchas gracias. Magda Huamán
ResponderEliminarGracias por su comentario y con su apoyo seguimos creciendo. Saludos y siganme visitando
ResponderEliminar