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El año 2020 se llama: "Año de la Universalización de la Salud"


Divorcio Rapido en Perú

Aspectos sobre el divorcio rápido en el Perú y la participación de la conciliación extrajudicial para un final feliz 


¿ Qué ley regula el divorcio rápido en el Perú?  


La ley Nª 29227 "Ley que regula el proceso no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las municipalidades y notarías 

¿ Qué aspectos debes conocer?


Esta ley regulara los casos de divorcios de mutuo acuerdo permitiendo realizarlo mediante dos vías: Notarial o Municipal en un tiempo de tan solo 3 meses 

¿Qué se necesita para hacer efectivo el Divorcio Rápido?


El articulo 3 de dicha norma hace inca pie al tiempo que debe trascurrir (2 años) de casados para que proceda el divorcio por estas vías. 

¿Qué  requisitos  necesitas?


Tener dos años de casados
Copia de DNI (Documento Nacional de Identidad)
Copia de Partida de Matrimonio 

Si hay la existencia de Hijos menores,  ¿ Qué debes hacer?

En caso existan Hijos menores de edad, hay temas que debes tomar en cuenta previamente, como el régimen de visitas, tenencia y  alimentos. 

¿Cómo entra a tallar la conciliación Extrajudicial en este tema? 


En la actualidad la vía mas favorable para resolver los conflictos es haciendo uso de los famosos MARC`S, es decir los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, en este caso la Conciliación extrajudicial,  regulado en nuestro país por la ley Nº 26872  y su reglamento D.S. 001-98 JUS, el mismo que ha consignado en su articulo 9  que fue modificado por la ley Nª 29876,  que le dio las facultades de poder conciliar en  temas que deriven  de la relación familiar y en las cuales las partes tengan libre disposición, tales como Régimen de visitas, tenencias y alimentos. Es muy interesante  que se puedan conciliar estas materias ya que se ha convertido en una gran ayuda para quienes deseen acogerse a la ley del divorcio Rapido y debido a su celeridad ha traído muchos beneficios, sobre todo en los costos que puede originar un proceso Judicial.
Ademas esto ha traído consigo que los conciliadores extrajudiciales puedan capacitarse en conciliar estas materias acreditándose por el ministerio de justicia quien autoriza si están aptos para resolver estas controversias.

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