Ley Nº 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
El empleador garantiza, en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la vida, la salud y el bienestar de los trabajadores, y de aquellos que, no teniendo vínculo laboral, prestan servicios o se encuentran dentro del ámbito del centro de labores. Debe considerar factores sociales, laborales y biológicos, diferenciados en función del sexo, incorporando la dimensión de género en la evaluación y prevención de los riesgos en la salud laboral.
Lee todo sobre la nueva Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
Lee todo sobre la nueva Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
apatir de cuando entrara en vigencia la presente ley
ResponderEliminar