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Modifican la R.J. Nº 1097-2010/JNAC/RENIEC, sobre campaña gratuita para obtención y expedición de DNI, para personas adultas mayores a nivel nacional

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 558- 2011-JNAC/RENIEC

Lima, 21 noviembre de 2011

VISTOS: El Oficio N° 000619-2011/SJNAC/RENIEC (14OCT2011) e Informe N° 000080-2011/SJNAC/RENIEC (14OCT2011) de la Sub Jefatura Nacional, el Oficio N° 002463-2011/GPP/RENIEC (24OCT2011) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 001653-2011-GPP/SGP/RENIEC (24OCT2011) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe N° 002277-2011-GAJ/RENIEC (26OCT2011), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que conforme lo dispuesto en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad;

Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;

Que en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros;

Que mediante Resolución Jefatural N° 873-2007/JNAC/RENIEC (17OCT2007) la Jefatura Nacional dispuso, en el artículo cuarto, la atención gratuita de todo tipo de trámites para la obtención del DNI en el domicilio, incluyendo la toma de fotografías, a las personas mayores de setenta (70) años de edad con discapacidad severa y aquellas que se encuentren postradas, resolución que se encuentra actualmente vigente;

Que por Resolución Jefatural N° 1097-2010/JNAC/RENIEC (30DIC2010), se aprobó la campaña para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) años de edad en forma gratuita, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2011, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados, cuya afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes; pudiendo los referidos procedimientos efectuarse en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana, Callao y en la Oficina Registral Piura, de la Jefatura Regional Piura;

Que por Resolución Jefatural N° 353-2011/JNAC/RENIEC (15JUL2011) se modifica el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 1097-2010-JNAC/RENIEC (30DIC2010), en el sentido de aprobar la campaña para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta (70) años de edad en forma gratuita, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2011, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes;

Que las citadas Resoluciones Jefaturales N° 1097-2010-JNAC/RENIEC (30DIC2010) y N° 353-2011/JNAC/RENIEC (15JUL2011) fueron emitidas teniendo como fundamento entre otros, el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el Adulto Mayor “Gratitud” regulado en el Decreto de Urgencia N° 059-2010 (27AGO2010), el mismo que se ha dado por concluido de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 056-2011 (19OCT2011);

Que mediante el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM (19OCT2011), se ha creado el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros y que se adscribirá al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conforme la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29792, cuyo objeto es otorgar subvenciones económicas a los adultos en condiciones de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, precisándose en la norma que los beneficiarios deberán ser acreditados con su documento nacional de identidad (DNI);

Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través del informe del visto emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto, señala que el impacto presupuestario que representará al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil otorgar el beneficio de gratuidad a las personas adultas mayores entre 65 años de edad hasta cumplir los 70 años, para todo tipo de procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, conforme la proyección actualizada para los meses de noviembre y diciembre de 2011 será del orden de 0.25% de los Recursos Directamente Recaudados; por ello resulta factible de ser financiado con cargo a los referidos recursos con que cuenta el Pliego 033: RENIEC en el Presupuesto institucional y su afectación será en la medida que se realicen los procedimientos correspondientes;

Que en tal virtud corresponde modificar la Resolución Jefatural N° 353-2011/JNAC/RENIEC (15JUL2011), a fin de incluir como beneficiarios a personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, por las razones anteriormente expuestas y las consideraciones legales señaladas;

Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 1097-2010/JNAC/RENIEC (30DIC2010), modificado por el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 353-2011-JNAC/RENIEC(15JUL2011); el cual quedará redactado en los siguientes términos:

“Aprobar la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2011, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados y cuya afectación será en la medida que se realicen los mencionados trámites.”

Artículo Segundo.- Los trámites mencionados en el artículo anterior se podrán efectuar en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana, Callao y en la Oficina Registral Piura, ésta última perteneciente a la Jefatura Regional Piura. La solicitud de dicho servicio se efectuará en forma telefónica por los interesados o sus familiares, quienes se comunicarán a la línea gratuita 0-800-11040 de la Gerencia de Imagen Institucional o al número telefónico 2237921 del Servicio de Atenciones Especiales (Lima).

Artículo Tercero.- Declarar que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil evaluará la aprobación de la continuidad de ésta política de gratuidad, en los términos de lo mencionado en el Artículo Primero de la presente resolución, para los siguientes ejercicios fiscales y de acuerdo a su disponibilidad presupuestal.

Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución a las Gerencias de Operaciones Registrales, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Informática, Administración y Planificación y Presupuesto.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

719694-1

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