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El año 2020 se llama: "Año de la Universalización de la Salud"

Análisis legal de: Derechos Fundamentales y Garantias del Debido Proceso 
. La anterior CPE decía: Art. 23. Sin perjuicio de los derechos establecidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes el Estado reconocerá y garantizará a las personas los siguientes:
 numeral 3. La igualdad ante la ley. Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma; religión, filiación política, posición económica, orientación sexual; estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole

Revista Judicial de ecuador del día 14 de febrero del 2012 online

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