Reseña historica de la acción de obra nueva: En el Derecho Romano, la denuncia de obra nueva, tenia lugar cuando dicha obra privaba a alguno de un derecho que le pertenecía o del cual estaba en posesión; pero también cabía la denuncia de obra nueva, cuando dicha obra se ejecutaba en su propio terreno, si la misma privaba al denunciante de una ventaja o de un derecho adquirido; de tal modo que esta acción tenia como efecto suspensivo paralizar los trabajos empezados y por ende se prohíba su continuación, mientras no exista la sentencia correspondiente.
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