Una de las actividades más importantes de la administración tributaria es la recaudación de los tributos, la cual se cumple una vez que la obligación se halla plenamente determinada y liquidada por la autoridad competente, y esta procede a la emisión de un título de crédito u orden de cobro, documento que sirve de base fundamental para que la administración, ejerciendo el poder coercitivo o la fuerza que le confiere la ley como expresión de la ley soberana, proceda a ejecutar los actos necesarios para obtener el cobro de estos créditos, actuaciones que naturalmente se hallan fijadas en las leyes respectivas.
De acuerdo al Art.150 del Código Tributario, el título de crédito debe cumplir con ciertos requisitos de forma, cuya omisión dará lugar a la nulidad, principalmente si se refieren a la autoridad que emite el título, al nombre del contribuyente o razón social y su dirección en caso de ser conocida.
No te pierdas todo el contenido de tu Revista Judicial Ecuador
0 comentarios:
Publicar un comentario
Todos los comentarios serán leídos y moderados previamente.
Serán publicados aquellos comentarios que respeten las siguientes reglas:
-Su comentario debe de estar relacionado con el contenido del post.
-No se se aceptan comentarios tipo SPAM.
-No incluyas link no necesarios en el contenido de su comentario.
-Ofensas personales, insultos No seran permitidos.
OBS:Los comentarios de los lectores no reflejan las opiniones del blog